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Mostrando las entradas de junio, 2021

Las nuevas reformas de outsourcing tienen a la par ventajas y desventajas, conoce algunas de ellas.

  Ventajas Los trabajadores tendrán más certezas en materia jurídica. Con los servicios de outsourcing, muchas veces quedan al aire sin saber a ciencia cierta quién es su patrón, cuáles son las prestaciones y cuál es su salario real o cómo se les paga. Con estas nuevas reformas de outsourcing, serán inscritos al Seguro Social con su salario real y no habrá disminuciones en el IMSS o en el Infonavit. Todo esto les ayudará a pelear por sus derechos ante la junta de Conciliación y Arbitraje cuando sea necesario. También se pretende que la repartición de riqueza en relación a lo que los empleados generan para las empresas y cómo las empresas reparten esas ganancias, sea más equitativa. Actualmente, las empresas solo dan un 20% máximo a los empleados en relación a lo que estos producen realmente, lo que genera una repartición poco equitativa que mantiene en precariedad a muchas familias. Las reformas pretenden regular esto. Desventajas Puede haber una baja en los empleos porque mu
  Prima de Riesgos de Trabajo Cuando los patrones se inscriben por primera vez ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o se cambia de actividad, se debe identificar la Prima de Riesgos de Trabajo en la cual se debe cotizar según la actividad o giro de la empresa. Y es que, sin importar si se trata de una empresa grande, con alcance incluso trasnacional o una pequeña con pocos empleados, pues los riesgos de accidente siempre están presentes. Como patrón, es importante prevenir este tipo de riesgos mediante la Prima de Riesgos de Trabajo. El artículo 196 del Reglamento de la Ley del Seguro Social es donde podemos establecer la clase, de acuerdo al grupo y fracción del catálogo de actividades. Una vez determinada la clase, debemos ubicarnos en la tabla del artículo 73 de la Ley del Seguro Social, donde se encuentran las primas medias de Riesgos. Una vez establecido esto, la empresa cubrirá la prima media en la clase correspondiente y será con ella con la que cotice dur

ISR, IVA Y RETENCIONES

El saldo retenido es la cantidad máxima de impuestos que se te podría retener dependiendo de tu tipo de persona. Si eres persona moral estará en ceros. Si eres persona física sin RFC o no has registrado tu cuenta de depósito y RFC entonces será un 20% de ISR y un 16% de iva (si aplica) del monto de tus ventas. Avenida de la Hacienda, número 28 A, Colonia Las Arboledas, Atizapan de Zaragoza, C.P. 52950. 

Pagos Provisionales

  Los pagos provisionales de los Impuestos sobre la Renta, ISR, y sobre el Valor Agregado, IVA, son anticipos que como contribuyente persona física, autónomo, debes realizar ante el SAT para llegar al pago anual de ISR e IVA, y así tener menor presión impositiva y financiera. Avenida de la Hacienda, número 28 A, Colonia Las Arboledas, Atizapan de Zaragoza, C.P. 52950.