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DILEMAS DE LA ÉTICA CONTABLE

  Que el cliente pague o no impuestos El cliente siempre va a querer pagar menos impuestos o de plano no pagar nada y tal parece que la tarea principal de un contador es de evadir impuestos que de tener sus papeles en orden. Compra y venta de facturas Esta práctica es ilegal y aunque algunas personas lo siguen haciendo con cantidades pequeñas, déjame decirte que sigue siendo delito y que tarde o temprano el SAT detectará algo sospechoso en las cuentas. No dar de alta a los trabajadores en el seguro Tan fácil como recomendarle al cliente que no dé de alta a sus trabajadores para ahorrarse unos impuestos, aunque claro, esto deja desprotegido al empleado. Prestar nombre para ser representante general Los dichosos “prestanombres” son personas que fingen realizar operaciones financieras y asumen las obligaciones como si fueran suyas, sin embargo, el dinero obtenido por dichas transacciones es en realidad para otra persona. Presentar mal la contabilidad electrónica No darle
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NECESIDAD DE SOFTWARE DE CONTABILIDAD

  La contabilidad, es una materia muy delicada y que conlleva años de práctica, estudio y experiencia para poder desarrollarla completamente de forma adecuada. Por ello, en la gran mayoría de los países del mundo, es una profesión que requiere de certificación universitaria con muchos años de estudio. Sin duda, un software contable significa una gran ayuda para administrar la contabilidad de las empresas. En la actualidad, la tarea de un contador ha sido simplificada debido al uso de programas específicos para contabilidad, y que permiten manejar con mayor facilidad los movimientos y operaciones diarias de las empresas que administran.

Conoce el Régimen de los Demás Ingresos que obtengan las personas físicas:

  Es aquel en el cual las personas físicas obtienen ingresos distintos a los correspondientes en los demás regímenes fiscales que existen para las personas físicas, como ingresos por deudas perdonadas, ganancias cambiarias, derechos de autor percibidos por otros, los provenientes de operaciones financieras derivadas, entre otros. Si obtuviste algún ingreso similar a los anteriormente mencionados, estás en este régimen. Si obtienes ingresos de este tipo debes declararlos. Si no estás inscrito en el RFC, debes inscribirte. Recuerda realizar el pago a cuenta del impuesto anual y presentar la Declaración Anual y si por el ingreso que obtuviste te retuvieron el impuesto, deben emitirte un comprobante fiscal que ampare los pagos y retenciones. Para presentar tu pago, obtén la línea de captura a través del servicio de Declaraciones y Pagos, para ello recuerda tener a la mano tu contraseña o e.firma. Como persona física podrás considerar en tu Declaración Anual deducciones personal

Régimen de actividad empresarial y profesional.

  Si eres una persona que realiza actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas, sin importar el monto de los ingresos que percibas, puedes inscribirte en este régimen. Algunos ejemplos de actividad empresarial son: los talleres mecánicos, restaurantes, fondas, cafeterías, cocinas económicas, cantinas, bares, tiendas de abarrotes, escuelas, farmacias, ferreterías, refaccionarias y artesanos. Los contribuyentes registrados en este régimen deben realizar declaraciones mensuales y anuales. Las mensuales permiten calcular el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que se debe pagar por las operaciones realizadas y se deben presentar a la autoridad fiscal a más tardar el día 17 del mes posterior al que se declara. Como parte de la declaración mensual, también se tiene la obligación de presentar mensualmente la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), en la cual se incluye información s

Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).

  Es un nuevo esquema de tributación opcional introducido en la Reforma Fiscal aprobada en 2013 para las personas físicas que realizan actividades empresariales con ingresos menores de dos millones de pesos. Este nuevo régimen sustituye al Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS) y al Régimen de Intermedios, lo que hizo que partir del 1o. de enero del 2014, los REPECOS migraron de forma automática al RIF. Esté régimen está dirigido a las personas físicas con actividad empresarial que vendan o presten servicios al público en general, y que para ello no requieran un título profesional. Para las personas físicas con actividades empresariales que obtengan ingresos de hasta dos millones de pesos anuales y realicen:  Venta de bienes, por ejemplo: tienda de abarrotes, papelería, carnicería, frutería, dulcería, tianguista, locatario de mercado, entre otros. Prestación de servicios que no requieran título profesional, por ejemplo: salón de belleza, plomería, carpintería, herrería, a

Renovación Certificado e.firma caduco para Personas Morales.

  Ya es posible obtener un nuevo Certificado de e.firma, si el Certificado con el que cuentas se encuentra caduco. Contribuyentes personas morales a quienes su e.firma perdió la vigencia hasta un año antes a la fecha de solicitud de renovación y mantienen el mismo representante legal, quien deberá contar con e.firma activa. Requisitos Contar con los archivos .key y .cer y la Contraseña de la llave privada de la firma electrónica que perdió su vigencia Mantener el mismo representante legal, quien deberá contar con e.firma activa. El representante legal deberá firmar la solicitud de renovación con su e.firma activa.

¿Qué es el nuevo Régimen de Confianza del SAT?

  De acuerdo con la SHCP, se trata de una serie de medidas orientadas a facilitar el cumplimiento del pago de los impuestos a través de la simplificación administrativa, además de cerrar espacios de defraudación y evasión fiscal. Para el ejercicio fiscal 2022, se incluye el nuevo Régimen de Confianza , que sustituye regímenes anteriores y busca disminuir los costos de cumplimiento de los pequeños contribuyentes. Se plantea que el Régimen de Confianza Simplificada entre en vigor el 1 de enero de 2022. El SAT propone que, a través de disposiciones transitorias, se otorgue un periodo de gracia para que los contribuyentes puedan aplicar, acreditar y efectuar las deducciones que tuvieran pendientes. El Régimen Simplificado de Confianza aplicará para personas físicas con actividad empresarial, profesionistas, arrendatarios y personas dedicadas al sector primario que reciban ingresos de hasta 3.5 millones de pesos anuales .