Obligación que deben presentar las personas físicas o morales, a mas tardar el mes inmediato posterior al que corresponda el periodo, o de manera semestral, el objetivo es informar el SAT sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en las operaciones realizadas con sus proveedores, lo anterior se encuentra previsto en:
Ley del Impuesto al Valor Agregado para 2020: Artículo 32, fracciones V y VIII.
Código Fiscal de la Federación para 2020: Artículos 31 y 32.
Resolución de Facilidades Administrativas para 2019: Regla 1.3, párrafo segundo y tercero.
Teléfono: 55 2589 7537
WhatsApp: 5611 7900 45
Domicilio: Avenida de la Hacienda, número 28 A, Colonia Las Arboledas, Atizapan de Zaragoza, C.P. 52950.
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